3/25/2007

De seguridad en España y del Metro de Madrid

De las decisiones adoptadas por el Consejo de Ministros de España el pasado viernes día 23 de marzo de 2007:

Presidencia

APROBADO EL PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN DE LA UNIDAD MILITAR DE EMERGENCIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias, creada por el Consejo de Ministros el 7 de octubre de 2005 como unidad conjunta de las Fuerzas Armadas.

La Unidad Militar de Emergencias tendrá una alta cualificación y disponibilidad permanente todos los días del año para poder intervenir, de forma inmediata y autónoma, en cualquier lugar del territorio nacional, cuando se produzcan situaciones de emergencia con carácter grave.

La normativa que se contiene en el Protocolo de Intervención asegura el mantenimiento de su operatividad, salvaguardando los principios de unidad, disciplina y jerarquía que informan al conjunto de las Fuerzas Armadas y, por otro lado, la imprescindible coordinación con los medios de las Administraciones Públicas que puedan ser movilizados en función de cada emergencia.

La Unidad Militar de Emergencias estará operativa de forma completa a finales de 2008 y contará con más de cuatro mil efectivos.


Defensa

ADQUISICIÓN DE UN HOSPITAL DE CAMPAÑA PARA EL EJÉRCITO DE TIERRA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la adquisición de un hospital de campaña, mediante cuya adquisición el Ejército de Tierra podrá actuar con sus propios medios en operaciones internacionales, con la posibilidad de efectuar los tratamientos quirúrgicos necesarios.

El hospital de campaña que se adquiere se ha concebido como un órgano asistencial de carácter modular, lo que le permite, dependiendo de cada situación, desplegar los medios necesarios para cada operación, entidad de la fuerza que apoye o de los medios ya disponibles de carácter permanente u otros del área de despliegue. Esta modularidad le permite su transporte por avión, barco y carretera y le proporciona versatilidad de empleo en diversas operaciones: de mantenimiento de paz, apoyo a la población civil en catástrofes naturales, intervención en áreas endémicas, etc.

Los elementos de tratamiento avanzado actuales tienen limitaciones de permanencia en zona, debido a estar ubicados principalmente en tiendas de campaña. El hospital que se pretende adquirir utilizará principalmente contenedores (‘shelters’) de tipo estable y poseerá un alto nivel de autonomía y la capacidad de hacer frente a un amplio margen de afecciones médicas al estar dotado de quirófanos, UCI, urgencias, especialidades, consultas, laboratorios, farmacia, banco de sangre, radiología, hospitalización e instalaciones eléctrica, informática, telefónico, de telemedicina y de climatización, cocina y lavandería propia.

El importe del hospital de campaña es de veintisiete millones de euros, a distribuir en cuatro anualidades, 2007 a 2010, ambas inclusive.


Interior

NORMA BÁSICA DE AUTOPROTECCIÓN PARA CENTROS CON ACTIVIDADES QUE PUEDAN DAR ORIGEN A SITUACIONES DE EMERGENCIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que desarrolla la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. A través de esta norma se desarrolla el sistema de acciones y medidas que deben adoptar los titulares de determinadas actividades (básicamente industriales) y que están encaminadas, por una parte, a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes con sus propios medios y recursos y, por otra parte, a dar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia.


El Real Decreto establece un catálogo de actividades a las que resulta de aplicación la Norma Básica de Autoprotección. Este catálogo constituye una norma mínima (las Comunidades Autónomas y Entidades Locales podrán ampliarlo a otras actividades) y de aplicación supletoria con respecto a las actividades que ya cuentan con reglamentación sectorial específica en la materia como minería, túneles, puertos comerciales, aeropuertos, instalaciones nucleares y radiactivas, presas y embalses, etcétera).

Catálogo de actividades

Entre las actividades incluidas en el catálogo están las siguientes: actividades e infraestructuras de transporte (estaciones e intercambiadores de transporte terrestre con una ocupación igual o superior a 1.500 personas, líneas ferroviarias metropolitanas, túneles ferroviarios de longitud igual o superior a mil metros, autopistas de peaje y puertos comerciales); actividades e infraestructuras energéticas (instalaciones de producción y distribución de electricidad de alta tensión); actividades sanitarias (establecimientos sanitarios con una disponibilidad de, al menos, doscientas camas, o que dispongan de una altura de evacuación superior a los 28 metros, o una ocupación igual o superior a dos mil personas); actividades docentes (cualquier establecimiento de uso docente que disponga de una altura de evacuación igual o superior a 28 metros o una ocupación igual o superior a dos mil personas); y establecimientos de uso residencial público (residencias, centros de día, etcétera).

La Norma Básica de Autoprotección obliga a los titulares de las actividades incluidas en el catálogo a elaborar el correspondiente Plan de Autoprotección. Dicho Plan, además de una descripción detallada de la actividad y del medio físico en que se desarrolla, realizará una evaluación de riesgos, una descripción de las medidas y medios de autoprotección y definirá un Plan de Actuación ante Emergencias. El citado Plan de Autoprotección designará a un único responsable interno de su gestión, así como de la notificación de cualquier emergencia a las autoridades competentes de protección civil.

Por su parte, los órganos competentes en materia de protección civil establecerán Protocolos que garanticen la coordinación de sus medios con los del titular de la actividad cuando la gravedad de la emergencia así lo requiera.

***

En los pasados días, un grupo de frikis realizó un ejercicio particular.

En la línea 6 del Metro de Madrid, en el tramo de trayecto desde Cuatro Caminos a Moncloa, en horas de alta ocupación por parte de los estudiantes que acuden al campus principal de la Universidad Complutense, se dejaron abandonadas bolsas inertes en uno de los convoyes que prestaban el servicio.

Una de ellas se abandonó ante sendos guardias jurados de la seguridad privada que tiene contratado dicho servicio público. Los frikis se mantuvieron cerca de las dichas bolsas a la espera de posibles reacciones.

Cuando el convoy llegó a la estación de Moncloa, los frikis recuperaron las bolsas y salieron del convoy.

Nadie dió alarma alguna, nadie requirió de los frikis responsabilidad alguna.

Para 2004, unos terroristas habían tenido la misma idea, con efectos de ejecución criminal. La aplicaron.

En 2007, los frikis comprobaron la persistencia de las vulnerabilidades que facilitaron la comisión de los crímenes del 11-M.

Causa principal inmediata de ellas y de su alto grado de incidencia: la falta de instrucción y responsabilidad ciudadana en materia de prevención antiterrorista.

Causa original de las mismas: la preferencia en España por dar seguridad a personas que sean por cualquier motivo relevantes antes que extender y reforzar la conciencia democrática que la dicha instrucción y responsabilidad ciudadana facilitarían de paso. Caso ejemplar de todo ello, hoy, Detenido al tratar de lanzar pintura roja a De Juana.

Por cierto, casi todos los frikis participantes en el ejercicio -hombres y mujeres- han prestado el servicio militar obligatorio, ciertamente no en España.

1 comentario:

Unknown dijo...

El Hospital de Campaña irá a la Brigada de Sanidad ( BRISAN ) de Pozuelo de Alarcón, según aparecía en el Boletín Informativo Tierra de Diciembre de 2006.